Cambios de la nueva ley del alquiler turistico

Buenas noches,

Recien empiezo en HE y acabo de volver de mi primer intercambio :beach_with_umbrella:

Ahora estoy intentando alojar a gente en mi piso aquí en España, y de hecho ya tengo varios contactos avanzados.

Pero me ha entrado la duda con el cambio de la nueva ley del alquiler turistico. Soy proprietario y en mi comunidad de vecinos, recien hemos tenido una reunión. Surgio el tema de si autorizabamos o no el alquiler turistico en el edificio, y todos votaron que no - yo no dije nada, pues considero que HE no es alquiler turistico sino intercambio de casas.

Sin embargo, he visto que en varias regiones o paises de la UE están empezando a considerar el intercambio como otra forma de alquiler turistico, o sea que lo ponen en la misma cesta que Airbnb. Es debatible, yo no estoy de acuerdo, supongo que nadie aquí, pero alguien me puede decir que dice la ley de momento? O si se ha pronunciado sobre el tema de los intercambios de casas?

Gracias de antemano, estoy preocupado con esto.

NDM

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Hola @nic_do77

Bienvenid@ al foro y que consigas muchos intercambios inolvidables!

Sobre este tema, hace unos meses surgió un hilo interesante, te lo dejo aquí, y además, seguro también que @Myriam.HomeExchange te podrá ampliar la información:

Saludos cordiales

Annabel

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Encontré esto.

Si tú usas una casa mal, da igual HE, q un hotel q una casa vacacional. Si haces fiestas, no respetas a la comunidad, se entiende. Si.

Pero en HE no vas y pagas. No hay dinero, hay un ahorro. Yo no pago, no cobro. Dejo mi casa con todo lo q tiene. Es como dejar mi casa a una amiga.

((Si mi amiga mete a 20, hace una fista, insulta a los vecinos/as, … no vuelve)))

Casa de vir - Compostela

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Gracias @Annabel y @vir , muy interesante estos hilos, ahí llegué hace unos días pero como no comentaban nada acerca de la nueva ley, quise abrir otro hilo.

A ver que opina @Myriam.HomeExchange ?

Nicolas.

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Mirando el BOE correspondiente (BOE-A-2024-26931 Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración.) pone esto:

Asi que de momento no debería haber problemas…

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